Acuerdos de apoyo para personas con discapacidad – Ley 1996 de 2019
Acuerdos de apoyo para personas con discapacidad – Ley 1996 de 2019. Foro de la Red Accesible
Acuerdos de apoyo para personas con discapacidad – Ley 1996 de 2019. Foro de la Red Accesible. Con intérprete de lengua de Señas Colombiana. Ponente: Paula Andrea Ceron Arboleda. Docente de la Universidad ICESI, abogada, administradora de empresas, especialista en derecho constitucional, especialista en derecho administrativo, maestría en gestión pública. Lunes 6 de septiembre 2021.
LEY 1996 DE 2019: EL DERECHO A DECIDIR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Acuerdos de apoyo para personas con discapacidad, Ley 1996 de 2019.
Apoyos para la toma de decisiones y experiencias de vida
Acuerdos de Apoyo y Directivas Anticipadas en la Ley 1996 del 2019
Ley 1996 de 2019: 4 herramientas para tomar decisiones con apoyo
Herramienta 1. Acuerdos de apoyo en notarías o centros de conciliación
Este mecanismo es un compromiso que se hace entre dos o más personas: la persona con discapacidad (titular del acto, es decir, la que quiere manifestar su voluntad a través de un acto jurídico) y una persona, o un grupo de personas, de confianza mayores de edad.
Herramienta 2. Adjudicación judicial de apoyos solicitada por la persona con discapacidad.
La adjudicación judicial de apoyos puede ser comenzada por la misma persona o por otras personas, como la familia o amigos. Es en este caso, la persona con discapacidad puede ser la que acuda al juez para que sea este quien formalice los apoyos que ella misma considera que requiere, este proceso se llama adjudicación judicial de apoyos promovido por el titular del acto jurídico (Ley 1996/19. Art. 37)
Herramienta 3. Adjudicación judicial de apoyos solicitada por terceras personas.
Cualquier persona interesada puede acudir ante el juez de familia para pedir que éste le adjudique apoyos a una persona con discapacidad, este proceso llama adjudicación de apoyos para la toma de decisiones promovida por persona distinta al titular del acto jurídico (Ley 1996/19. Art. 38). En esta ocasión no es la persona con discapacidad la que acude al juez, sino que lo hace alguien cercano a ella debido a que no puede expresar su voluntad por ningún medio y está imposibilitada de ejercer su capacidad jurídica, conllevando así a que sus derechos se vean en peligro por parte de un tercero.
Herramienta 4. Directivas anticipadas
Las directivas anticipadas son el cuarto mecanismo para la toma de decisiones con apoyo. Consisten en expresiones de la voluntad de una persona sobre actos jurídicos que aún no han sucedido, pero que puede preverse que sucederán y que se requerirá apoyo en ese momento. Debido a que el artículo 6 de la Ley 1996 de 2019 presume la voluntad de las personas con discapacidad mayores de edad, se entiende que cualquier persona puede realizar una directiva anticipada. Esto es un documento, que debe llevarse ante un notario o se puede hacer a través un centro de conciliación.